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Consulta formulada por:
Nuestro ámbito de actuación es en Camboya pero tenemos sede en Barcelona, ¿a qué tipo de normativa nos debemos regir?
13.03.16
Hola,
Somos una ONG nueva y vamos a empezar a mover el tema del voluntariado. Nuestro ámbito de actuación es en Camboya pero tenemos sede en Barcelona. Quería conocer a qué tipo de normativa nos debemos regir.
Muchas gracias,
Alejandra Borrell
Camboya Sonríe
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
14.03.16
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
14.03.16
La entidad está constituida en Española cual es la normativa que se debe aplicar?
Muchas gracias
Alejandra Borrell
Aportada por:
KALUINSTITUTE.ORG
Trabaja en:
Asesor particular
16.03.16
Hola Alejandra,
Para saber cual es la normativa que se os aplica, debes saber que forma legal y como se ha constituido la organización.
Podéis ser una Fundación o una Asociación, y si sois Asociación dependerá si os acogísteis en el momento de la fundación a la ley nacional, con registro en el minsiterio del interior, o si lo hicisteis a una ley autonómica.
ONG como tal no es una forma juridica, digamos que es un término genérico por un lado, y por otro una condición: Siendo Asociación o Fundación, podeis inscribiros en registros de ONGs de Cooperación en la Agencia Española de Cooperación o en otras agencias autonómicas.
Por último, la ley de Mecenazgo normalmente os será también de aplicación, independientemente de la forma jurídica.
Espero serte de ayuda.
Un saludo
Alberto
Respuesta del participante:
16.03.16
Hola Alberto!
Muchas gracias por tu respuesta. Perdona si no me he expresado bien somos una Fundación estatal acogida a la ley de Mecenazgo. Lo que no sé a que tipo de ley tengo que regirme para iniciar los procesos de voluntariado.
Muchas gracias!
Alejandra
Aportada por:
Voluntario
Trabaja en:
Asesor particular
16.03.16
El proceso de voluntariado, tambien tiene una regulación, y ademas muy reciente a nivel estatal como es la LEY DEL VOLUNTARIADO, no obstante cada comunidad autonoma puede adaptar su propia LEY AUTONOMICA DEL VOLUNTARIADO a la citada LEY ESTATAL, en ANDALUCIA tenemos LEY DEL VOLUNTARIADO desde 2001, pero ahora estamos en un proceso de REFORMA DE DICHA LEY, si es necesario para adptarla a la nueva LEY ESTATAL, LO QUE IMPLICA QUE TE HAS DE INFORMAR SI EN TU COMUNIDAD EXISTE ALGO PARECIDO, Y EN DICHA ley PODRAS ENCONTRAR RESPUESTA AL PROCESO DEL VOLUNTARIADO. Tambien has de recordar que para estar acogida a dicha le, tu funfación tambien debe de estar registrada en el registro (nacional, autonomico o local) de asociaciones de voluntariado.