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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Alejandra Borrell

Nuestro ámbito de actuación es en Camboya pero tenemos sede en Barcelona, ¿a qué tipo de normativa nos debemos regir?

13.03.16

Hola,

Somos una ONG nueva y vamos a empezar a mover el tema del voluntariado. Nuestro ámbito de actuación es en Camboya pero tenemos sede en Barcelona. Quería conocer a qué tipo de normativa nos debemos regir.

Muchas gracias,

Alejandra Borrell
Camboya Sonríe

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

14.03.16

Si al entidad está constituida en España, la normativa de aplicación es la española. No obstante, si la entidad española desarrolla actuaciones en Camboya, para esas actuaciones deberá tener en cuenta también la normativa de ese país.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Alejandra Borrell

14.03.16

La entidad está constituida en Española cual es la normativa que se debe aplicar?

Muchas gracias

Alejandra Borrell

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#3

Aportada por:

Alberto Martos Sauquillo

KALUINSTITUTE.ORG

Trabaja en:

Asesor particular

16.03.16

Hola Alejandra,
Para saber cual es la normativa que se os aplica, debes saber que forma legal y como se ha constituido la organización.
Podéis ser una Fundación o una Asociación, y si sois Asociación dependerá si os acogísteis en el momento de la fundación a la ley nacional, con registro en el minsiterio del interior, o si lo hicisteis a una ley autonómica.
ONG como tal no es una forma juridica, digamos que es un término genérico por un lado, y por otro una condición: Siendo Asociación o Fundación, podeis inscribiros en registros de ONGs de Cooperación en la Agencia Española de Cooperación o en otras agencias autonómicas.
Por último, la ley de Mecenazgo normalmente os será también de aplicación, independientemente de la forma jurídica.
Espero serte de ayuda.
Un saludo
Alberto

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#4

Respuesta del participante:

Alejandra Borrell

16.03.16

Hola Alberto!

Muchas gracias por tu respuesta. Perdona si no me he expresado bien somos una Fundación estatal acogida a la ley de Mecenazgo. Lo que no sé a que tipo de ley tengo que regirme para iniciar los procesos de voluntariado.

Muchas gracias!

Alejandra

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#5

Aportada por:

Juan Bautista Jiménez Morales

Voluntario

Trabaja en:

Asesor particular

16.03.16

El proceso de voluntariado, tambien tiene una regulación, y ademas muy reciente a nivel estatal como es la LEY DEL VOLUNTARIADO, no obstante cada comunidad autonoma puede adaptar su propia LEY AUTONOMICA DEL VOLUNTARIADO a la citada LEY ESTATAL, en ANDALUCIA tenemos LEY DEL VOLUNTARIADO desde 2001, pero ahora estamos en un proceso de REFORMA DE DICHA LEY, si es necesario para adptarla a la nueva LEY ESTATAL, LO QUE IMPLICA QUE TE HAS DE INFORMAR SI EN TU COMUNIDAD EXISTE ALGO PARECIDO, Y EN DICHA ley PODRAS ENCONTRAR RESPUESTA AL PROCESO DEL VOLUNTARIADO. Tambien has de recordar que para estar acogida a dicha le, tu funfación tambien debe de estar registrada en el registro (nacional, autonomico o local) de asociaciones de voluntariado.

solucionesong.org
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