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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David D.C

Nuestra asociación no está considerada de utilidad pública, ¿Es eso un inconveniente a la hora de pedir subvenciones?

03.12.15

Hola,

Mayormente me gustaría también saber cuándo se abren las plazas para pedir subvenciones y qué se necesita para solicitarlas, destaco que ésta asociación no está considerada de utilidad pública, ¿Es eso un inconveniente a la hora de pedir subvenciones?

Para finalizar, una última pregunta sobre el tema mencionado anteriormente; como asociación deportiva LGTB, ¿Podríamos solicitar ser declarados de utilidad pública? y si es así, ¿Qué documentos hay que rellenar y dónde?

Muchas gracias por vuestra atención.

Saludos

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Alberto González Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.15

Hola,

La declaración de utilidad pública supone un mejor posicionamiento de la entidad en el ámbito institucional, económico y fiscal.

Con respecto a la obtención de fondos públicos se posiciona a estas entidades por delante de otras asociaciones que carecen de esta declaración.

La mayor parte de las convocatorias y subvenciones no exigen explícitamente la declaración de utilidad pública, pero en los criterios objetivos de valoración si es cierto que se incluyen los requisitos que señala la ley para su obtención, lo que de mi consideración, posibilita a tener una mayor puntuación.

Con respecto a la obtención de la utilidad pública, no habría ningún problema por ser una asociación deportiva LGTB.

Los requisitos para obtener la utilidad pública vienen recogidos en el Artículo 32.1 de Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

1. A iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas asociaciones en las que concurran los siguientes requisitos:

a) Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general, en los términos definidos por el artículo 31.3 de esta Ley, y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza.

b) Que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados, sino abierta a cualquier otro posible beneficiario que reúna las condiciones y caracteres exigidos por la índole de sus propios fines.

c) _Que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los términos y condiciones que se determinen en los Estatutos, los mismos podrán recibir una retribución adecuada por la realización de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como miembros del órgano de representación_.

d) Que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de los fines estatutarios.

e) Que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Te dejo el link de la página web de atención al ciudadano del Ministerio del Interior donde podéis encontrar la información relativa a la solicitud de declaración de utilidad pública:

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/asociaciones/utilidad-publica/solicitud-de-declaracion-de-utilidad-publica

Adjunto la SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE UTILIDADBLICA

Espero que esta información te resulte útil. Si aún tienes alguna duda, puedes indicarlo en este mismo foro.

Saludos

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Respuesta del participante:

David D.C

03.12.15

Mil gracias por la respuesta, todo muy bien aclarado.

Saludos.

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#3

Respuesta del participante:

David D.C

03.12.15

Mil gracias por la respuesta. Todo muy bien aclarado.
Además, gracias también por las molestias de buscar la solicitud y adjuntarla. Muy amable.

Saludos.

solucionesong.org
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