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Consultas Online

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Consulta formulada por:

NICA HEAL

¿Nuestra asociación estaría parcialmente exenta del IS según el artículo 9 de la Ley?

30.06.15

Hola,

Somos una asociación cultural que nos hemos constituido con el objeto de realizar obras audiovisuales y teatrales según nuestro estatuto y que nos hemos dado de alta en IAE hace un año.

Durante el año pasado rodamos una película que queremos presentar a diversos festivales de ‘cine amateur’. Y en el presente año comenzamos a preparar una producción teatral que queremos dar a conocer.

Durante este tiempo, para conseguir financiación hemos vendido distintos productos y recibido donaciones sin contraprestación alguna.

¿Nuestra asociación estaría parcialmente exenta del IS según el artículo 9 de la Ley del IS? ¿Estas donaciones han de tributar?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

01.07.15

Buenas tardes.

Efectivamente la vuestra es una asociacion no acogida a la Ley 49/02, y parcialmente exenta.

Estais obligados a presentar liquidacion del IS por realizar actividades empresariales (que se tratan en vuestro caso igual que si fuese una empresa privada), y a tributar por los beneficios que obtengais en la relaizacion de esa actividad economica.
Lo exento seran los ingresos por cuotas de socios y los donativos realizados para destinarlos a la actividad social. si se destinan a la actividad empresarial tambien tributan.

Saludos.

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