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Consulta formulada por:
Nos han pedido una factura por un servicio prestado ¿podemos emitirla sin estar dados de alta en el IAE?
13.02.07
Hemos realizado unos paneles informativos en colaboración con una Administración. Nosotros pagamos los paneles y para que la Administración nos abonen su parte nos piden una factura.
Si no estamos dados de alta en el IAE, IVA ¿podemos emitir dicha factura? En realidad somos unos intermediarios, ya que es un servicio prestado pero no hemos realizado nosotros los paneles.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
14.02.07
Entiendo que la emisión de una factura no refleja la realidad de lo ocurrido, pues más bien, simplemente, estáis compartiendo gastos con la Administración. Considero que la emisión de un recibí por vuestra parte, justificativo del dinero entregado por la Administración, reflejaría mejor la naturaleza de la operación y debería ser suficiente para la otra parte.
Si al final debéis emitir factura, considero que no sería necesario causar alta en el IAE (por lo circunstancial y espóradico de la operación), pero sí, con carácter previo a la emisión, deberías daros de alta en el modelo censal 036, comunicando a la Agencia Tributaria la obligación de presentar modelo de IVA, debiendo causar baja en la citada obligación, a través del mismo modelo, una vez emitida la factura (o tal vez, una vez presentado el modelo 300 en el que se refleje la factura).
Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
21.02.07
Hola Raquel,
Si vosotros no habeis hecho el trabajo, como dices en el correo, sois intermediarios, no teneis que daros de alta en el IAE, ni en el IVA, simplemente, bastaria la factura emitida por quien haya realizado el trabajo. Imagino que la factura que os pide la administración es la del trabajo hecho por un tercero. En este caso, la factura del que ha realizado los paneles.
Saludos, Eva