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Consulta formulada por:
Nos gustaría saber si existe alguna ley que regule el uso de Internet a los menores de edad en establecimientos públicos.
06.03.06
¿Existe alguna ley que obligue a que el menor vaya acompañado de sus padres o tutor en establecimientos públicos (como los ciber-cafés) para supervisar las web a las que acceden, o debe ser responsabilidad del dueño del establecimiento esta supervisión?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
21.03.06
La regulación de la utilización de internet por parte de los menores es escasa, más allá de principios generales y declaraciones de intenciones y buena voluntad, tales como la Resolución de 27 de febrero de 1996 del Consejo de Telecomunicaciones para impedir la difusión de contenidos ilícitos por internet, o el Libro Verde sobre la protección de los menores en los servicios audiovisuales y de información.-
Así, el artículo 20.4 de nuestra Constitución limita la libertad de expresión e información, entre otros, a la protección de la juventud y de la infancia. Y el artículo 39.4 añade que los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.-
En desarrollo de estos principios constitucionales, se aprobó la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor. Esta ley no impone ningún deber a los titulares de cibercafés respecto a la vigilancia de la utilización de los servicios que ofrecen por parte de los menores.-
Esta respuesta no es vinculante.-