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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mercedes Palanca Gonzalez

Nos gustaría saber qué tipo de contrato podemos hacer a un licenciado en sociología para trabajar durante 3 meses en un proyecto de sensibilización

22.02.05

Nos gustaría saber qué tipo de contrato podemos hacer a un licenciado en sociología para trabajar durante 3 meses en un proyecto de sensibilización.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

22.02.05

El contrato sería por obra y servicio y acabaría a los tres meses. Otra forma podría ser por colaboración reteniendo el IRPF y haciendo un arrendamiento de servicios profesionales. Gracias.

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#2

Opinión anónima

22.02.05

Estimada Mercedes,

Para cualquier trabajador que disponga de una titulación universitaria podéis realizar un contrato en prácticas, su regulación viene establecida en el ET art.11.1; RD 488/1998 art. 1 s). Este contrato tiene algunas peculiaridades, como por ejemplo que se debe celebrar en los cuatro años siguientes a la finalización de los estudios, y su duración no puede ser inferior a 6 meses ni superior a dos años. Su retribución será la fijada en convenio colectivo o en su defecto no puede ser inferior al 60 ó 75 % (durante 1º y 2º año de vigencia) de un trabajador que desempeñe un puesto equivalente, y en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

Otra opción de contratación es la realización de un contrato de duración determinada (ET. Art.8.2.4, 14 y 15: RD2720/1998 art.5 hasta art.10), donde podéis optar por el contrato para obra o servicio determinado. El objeto de este contrato es para la realización de obra o prestación de servicios determinados dentro de la entidad, cuya ejecución aunque limitada en el tiempo , en principio es incierta.

Otro contrato temporal es el eventual por cicunstancias de la producción, el cual se realiza para atender las exigencias circunstanciales del mercado o la acumulación de tareas aún tratándose de la actividad propia de la entidad.

Cualquiera de estas dos modalidades de contratación podrías usar sin necesidad que la persona a emplear disponga de titulación, o aún si dispone aplicando los salarios determinados en convenio colectivo, o en su defecto lo que acordéis en contrato individual.

Saludos.

David Castillo

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#3

Opinión anónima

22.02.05

Si él está dado de alta para el ejercicio libre de su profesión podéis hacer un contrato privado expresamente para ese programa y al pagarle (a la finalización del mismo o del modo que pactéis) hacerle la correspondiente retención por IRPF que establece Hacienda.
También podéis hacerle un contrato por obra o servicio especificando claramente la finalidad del mismo y su fecha de finalización

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#4

Aportada por:

Javier Jerez

Trabajador social, responsable de calidad y LOPD CEAR Canarias

Trabaja en:

Asesor particular

23.02.05

Estimada amiga: a mi parecer lo más adecuado sería un contrato por obra y servicio, ya que se cuenta con un período concreto de cominezo y finalización de la acción para la cual se le va a contratar.

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#5

Opinión anónima

24.02.05

Para un contrato de esa duración (3 meses) y con independencia del contrato de servicios que es posible establecer con el profesional (Sociólogo), siempre que reuna los requisitos colegiales, fiscales y de Seguridad Social, a que obliga el ejercicio libre profesional, el contrato que entiendo más adecuado para este caso es el contrato temporal denominado: Contrato de obra o servicio determinado.
El citado contrato se puede establecer por los tres meses previsto en principio e incluso se puede prorrogar en el caso de que no haya finalizado el trabajo en la fecha prevista en principio.
Conviene tener en cuenta los requisitos formales de estos contratos, ya que en casoi contrario se producirán sorpresas, siendo necesario establecerlo por escrito tanto el contrato como sus prórrogas, debiendose identificar claramente su objeto, la duración, así como el trabajo a desarrollar y comunicarlo al Servicio Público de Empleo denbtro de los diez días siguientes a la fecha de contratación, entre otros. No olvidar la obligación de dar de alta al trabajador en la Seguridad Social dentro de los plazos previstos.

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#6

Opinión anónima

25.02.05

Definitavente el contrato debe ser de prestacion de servicios sea el rango que tenga, pero indispensable clausurar las funciones a realizar y las condiciones del contrato , el tiempo a ejecutar etc.
Fundacion Fudeco.

solucionesong.org
Un proyecto de