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Consulta formulada por:
Santiago María Siñarís Coronel
Nos gustaría que nos informáseis sobre el proceso de integración, fusión o absorción de dos asociaciones
03.06.08
Somos una asociación y queremos unirnos a otra, ya que nos mueven los mismos principios, estructura y fines, pero no sabemos cómo llevarlo a cabo de la mejor manera posible. La unión sería permanente, pero no queremos perder nuestra identidad, además nos gustaría estar unos meses en proceso de integración.
Nos gustaría que nos informáseis sobre cómo realizar esta transición desde el punto de vista legal.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
04.06.08
La fusión puede tener dos variantes:
a) Fusión pura y simple, que supondrá la desaparición de las entidades que se fusionan, apareciendo una nueva entidad totalmente independiente, aunque se subrogaría en bienes, derechos y obligaciones de las entidades promotoras de la fusión.
b) Fusión con absorción. En este caso, una de las entidades, la absorbente, mantiene su personalidad jurídica, desapereciendo la entidad absorbida.
Evidentemente, cualquiera de estas dos fórmulas no permitirá mantener vuestra actual identidad. En el supuesto de fusión con absorción se mantendría exclusivamente la entidad de la absorbente.
Como agrupación o unión de asociaciones, el artículo 3.f) de la Ley Reguladora del Derecho de Asociación (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo), contempla la posibilidad de constituir federaciones, confederaciones o uniones, figuras que sí permitirían mantener vuestra actual identidad.
Otras dos posibilidades, viables pero menos propias del mundo de las entidades exentas, sería la constitución de una Agrupación de Interés Económico (AIE) o una Unión Temporal de Empresas (UTE). En el caso de la AIE, ésta tendría personalidad jurídica propia, por supuesto, manteniédose las de los asociados, mientras que en el caso de UTE, esta figura no tiene personalidad jurídica propia.
Comentar, por último, en relación con la AIE y la UTE que son figuras previstas, normalmente, para hechos, circunstancias o acontecimientos puntuales, limitados en el tiempo, por lo que, en cierta manera, estarían reñidas con vuestra intención de permanencia de la unión.
Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com
bien mediante la aparición de una nueva figura, de
Opinión anónima
04.06.08
Poco más que añadir. Estoy muy de acuerdo con el compañero, en la práctica y, sobre todo, en el supuesto “b” que suele ser el más frecuente, una de ellas pierde su personalidad…
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
04.06.08
Santiago, como Juan ya te da todos los datos jurídicos, te respondo desde una perspectiva más personal. Como dices, no queréis perder vuestra identidad e imagino que tampoco vuestra forma de hacer. Quizás más que unafusión o absorción os convendría firmar un convenio entre ambas partes para realizar ciertos proyectos de manera conjunta, o para compartir locales, recursos, personal… sin que ninguna pierda su personalidad jurídica ni su talante peculiar. Sea lo que sea, en todo caso siempre deben quedar claras al menos tres cosas: el liderazgo, las responsabilidades y el rol de cada parte. “Unidos pero no confundidos”, por decir así. (Si quieres un modelo de convenio te puedo facilitar el que usamos en ARSIS)
De esta manera, además, os permitís ese necesario periodo de prueba para ver si esa unión funciona. En todo caso, quizás más adelante os podáis plantear la fusión. Eso ya lo veréis…
Saludos y adelante,
Montse de Paz
Opinión anónima
04.06.08
Estoy completamente de acuerdo con mi compañeros y no tengo nada que añadir, suerte en vuestra elección .Y enhorabuena por ayudar a los niños del mundo
Opinión anónima
05.06.08
Hola Santiago,
En referencia a la opción que te plantea Juan, de constituir federaciones, confederaciones o uniones, quizás te resulte útil leer otra consulta realizada en este mismo portal sobre la forma de constituirlas, puedes acceder a través del siguiente link:
http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=1549
La distinción entre las tres figuras mencionadas:
- Federación : tres o más asociaciones;
- Confederación: tres o más federaciones y asociaciones;
- Unión: tres o más entidades (confederaciones, etc.)
Puede que te sea útil, asimismo, echar un vistazo a la Guía del Registro Nacional de Asociaciones publicada por la Fundación Luis Vives, que hace referencia a las ventajas de inscribir la constitución de una federacion, confederación o unión (http://www.fundacionluisvives.org/upload/33/29/Guia_Nac.pdf)
Otra opción es que hagáis un convenio, como plantea Montse.
Un saludo y que tengáis suerte en todos vuestros proyectos.
Opinión anónima
09.06.08
Estimado Santiago:
Soy de la opinión de Montse de que quizás en una primera etapa lo más conveniente sería firma un convenio de colaboración entre ambas entidades y analizar cómo va funcionando antes de dar un segundo paso como podría ser el crear una federación con el objetivo de no perder vuestra identidad.
Un cordial saludo.
Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.
Aportada por:
Asesor en Desarrollo Empresarial, Empendimientos y Gestion de Proyectos Negocios Globales, Gestión de innovación Tecnológica
Trabaja en:
Asesor particular
10.07.08
Bien, recomiendo que puedan formar un consorcio, esto mediante la firma de un acuerdo notarial denominado “Acuerdo de Asociacion para un fin espesifico.”.
Esta definido por ley.