Consultas Online
Consulta formulada por:
Normativa para la colocación de rampas en los edificios y zonas de ocio.
08.02.08
Me gustaria preguntar cual es la normativa para la colocación de rampas en los edificios y zonas de ocio, ya que nuestra sede se haya en un local y nos indican que no podemos colocarla. También, algunos de nuestros socios tienen la misma dificultad.
Muchas gracias.
Respuestas
#1
Opinión anónima
12.02.08
En el ámbito estatal, sin perjuicio de previsiones reglamentarias, fundamentalmente se recoge en las leyes de 30-may-95 de eliminación de barreras arquitectónicas (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l15-1995.html)
y en la ley de condiciones de accesibilidad 2-dic-2003 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l51-2003.html).
Un saludo