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Consulta formulada por:
Nombrar presidente de honor
02.06.20
Para nombrar Presidenta de Honor, tiene que estar reflejado en Estatutos? Como tipo de socia o como facultad de Junta Directiva? Puede ser miembro permanente de la Junta Directiva con voz y voto expresamente designado así en Estatutos? Solo puede haber una presidenta de honor o tantas cuantas entienda Junta Directiva? Gracias
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
02.06.20
Hola Maria Teresa,
Las figuras honoríficas deben venir regulados en los Estatutos, o sino en el Reglamento Interno. En los Estatutos puede ponerse simplemente que ‘...la asociación puede designar puestos honoríficos…’ y regular después con detalle estas figuras en un reglamento interno.
Dado que estas figuras son por designación, no por elección, no forman parte de la Junta Directiva. Diferente es que la presidencia de honor pueda asistir (sin derecho a voto) a las reuniones de la misma.
El Presidente de Honor será elegido como regla general, a propuesta de la Junta Directiva o de dos o más socios, en Asamblea General Extraordinaria, no siendo imprescindible que sea socio.
La figura del Presidente de Honor no debe de tener una duración determinada, siendo la Asamblea General Extraordinaria la que determine tanto su existencia como la no renovación del mismo.
El Presidente de Honor ejercerá la representación institucional de la entidad asociativa en todos aquellos actos para los que sea requerido por el Presidente o para los que haya sido comisionado por la Asamblea General. Asimismo, podrá presidir las reuniones de la Junta Directiva, con voz, pero sin voto, y la Asamblea General, con voz, pero sin voto, salvo que fuere socio.
Un saludo