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Consulta formulada por:
¿No habiendo superado los 100.000 € estamos obligados a presentar los balances, cta. de explotación y memoria?
23.04.13
Hola,
La ONG a la que pertenezco esta declarada de utilidad pública. El año pasado presentamos la documentación de fin de año (balance, cta. explotación y memoria de actividades) y nos la devolvieron diciendo que el primer año no se presentaba.
Este año es el segundo, pero los gastos no han pasado de 65.000 €, ni tampoco los ingresos.
¿No habiendo superado los 100.000 € estamos obligados a presentar los balances, cta. de explotación y memoria?
Gracias de antemano.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.13
Si vuestra asociación está declarada de utilidad pública, efectivamente tenéis que presentar en el Registro de Asociaciones las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2012: balance de situación, cuenta de resultados y memoria.
De igual manera, si en la condición de entidad declarada de utilidad pública habéis optado por el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, tendréis que presentar una memoria específica referida al citado ejercicio 2012 en vuestra Delegación o Administración de Hacienda. Asimismo, en todo caso, estáis obligados a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al citado ejercicio.
Todo lo anterior, con independencia de vuestro volumen o tipo de ingresos, inferior o superior a los 100.000 euros, exentos o no exentos, pues las obligaciones anteriores son inherentes a todas las asociaciones declaradas de utilidad pública (la presentación de las cuentas anuales en el Registro de Asociaciones) y a las entidades acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 (memoria en Hacienda y declaración del Impuesto sobre Sociedades).
Espero que os ayuden estos comentarios.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.13
Sólo puntualizar que la fecha para presentar la Memoria en el Registro de Asociaciones termina el 30 de Junio y Hacienda el 31 de Julio