Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Necesitamos ser de utilidad pública para emitir certificados a los donantes?
06.10.08
Somos una asociación de Barcelona y mi pregunta es la siguiente; ¿para que las empresas que nos han dado donativos puedan desgravarse, ¿debemos ser de utilidad pública o es suficiente con registrarnos como ONG para hacerles el certificado?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
07.10.08
Es necesario ser ONGD, inscrita en la AECID, que cumple con los requisitos de la Ley de Cooperación al Desarrollo, para después poder optar por el Régimen Fiscal Especial (regulado en la Ley 49/2002 de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos) a través del modelo 036 (casilla 624), siempre que cumpla todos y cada uno de los requisitos que le exige su artículo 3 (que podrá consultar en esta página en fiscalidad). Todo ello, en virtud, de la consulta vinculante de la Administración Tributaria V0098-06 de 18/01/2006 que podrá consultar en la consulta resuelta en esta página web:
http://www.solucionesong.org/asesoria/consultas/consulta/?id=4567
Esta respuesta no es vinculante.