Consultas Online
Consulta formulada por:
Necesitamos contratar un seguro de voluntariado en Andalucía ¿Qué opciones nos aconsejáis?
29.12.14
Hola,
Necesitamos contratar el Seguro para el Voluntariado social de acuerdo a la Normativa específica de Andalucía. La oferta que nos han pasado es muy costosa y no podemos afrontarla y queríamos saber si hay otras en el mercado.
Atte. Pilar Arroyo . APAMYS
Respuestas
Aportada por:
Servicios consultoría de seguros/marketing social
Trabaja en:
Asesor particular
30.12.14
Hola Pilar,
El seguro de voluntariado se puede obtener desde 3€ al año por voluntario, la póliza cubre los accidentes que puedan producirse mientras los asegurados (voluntarios) realicen actividades organizadas por la entidad adherida, garantiza una indemnización directa en caso de muerte e invalidez y los gastos de asistencia sanitaria en caso de producirse un accidente mientras los asegurados están a cargo de la entidad tomadora del seguro. Además se incluye el riesgo «in itinere». Puedes contactar conmigo y nos facilitas más información, carmen.garcia@aseguradossolidarios.com.
Un saludo
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
31.12.14
Estimada Pilar: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir de una asociación que tiene su domicilio social en la Cómarca del Andévalo (Huelva), y que la misma está inscrita, a los efectos de publicidad registral, en el Registro de Asociaciones de Andalucía o, en su caso, en un registro público infrauatonómico.
Si estamos en lo cierto, respecto al seguro a contratar para el voluntario social de vuestra entidad asociativa, de suyo, ha de estarse a lo dispuesto en la Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado, la cual es de aplicación, tal como establece su artículo 2,” a toda actividad de voluntariado organizado que se desarrolle en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía o en el ámbito de competencias de la Junta de Andalucía.”
Dicho lo anterior, el artículo 11 de la Ley 7/2001, respecto a los Derechos de las personas volunarias establece lo siguiente:
“d) A ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad así como respecto a los daños y perjuicios causados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características que se establezcan reglamentariamente.”
Al respecto, en cuanto a las entidades de seguros con las cuales podéis suscribir una poliza de seguro en materia de accidentes y responsabilidad civil del voluntariado, debe de tenerse en cuenta que la cobertura otorgada para este tipo de seguros es común para todos las personas voluntarias adheridas a la póliza de seguro. Así, por ejemplo, la póliza de seguro para voluntarios/as que ofrece la Fundación Pere Tarres http://www.peretarres.org/wps/wcm/connect/peretarres_es/peretarres/home/escola_ampa/assegurances/voluntariat/informacio_general, tiene un coste mínimo de 4 € por voluntario/a al año. Segurval junto con Mapfre tiene un producto de características similares al anterior y a un precio por encima de los 12€ por voluntario y año con un mínimo de 10 voluntarios. Por su parte, Previgalia comercializa un producto especifico para voluntarios que se diferencia de los demás en que cada organización tiene su propia cobertura de Responsabilidad Civil con los beneficios que ha mi juicio conlleva, el precio es superior al de la póliza de Pere Tarres y es 9,50€ por voluntario y año.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo y Felices Fiestas.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Respuesta del participante:
08.01.15
Muchas Gracias a Rafael y Carmen por vuestras respuestas .
Sin embargo, sigo teniendo una duda. La normativa andaluza a la que me refiero es la establecida en la Orden de 30 de enero de 2008, publicada en el BOJA 33 de 15/02/2008 ( exige un mínimo de capital de 6.000 para fallecimiento, 12.000 de invalidez , asistencia sanitaria en centros concertados y responsabilidad civil de 600.000€). He leído en algunos Foros que aunque Fundación Pere Tarres esté bastante bien , no es válida para Andalucía aludiendo a que en esta normativa se recoge que es la entidad quien tiene que estar en posesión de dicha póliza. ¿Podríais aclararme algo más al respecto?. Muchas Gracias.
Pilar Arroyo.