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Consulta formulada por:
¿Necesitamos contar con un delegado de protección de datos?
30.01.18
Hola:
Nuestra asociación atiende a personas con trastornos del Espectro autista y familiares, unas 300 familias.
Conforme al nuevo Reglamento europeo de Protección de Datos (REGLAMENTO (UE) 2016/679), ¿tenemos obligación de contar con un delegado de protección de datos?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
31.01.18
Buenos días,
seguramente (tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos: salud).
En cualquier caso, puede echar un vistazo a los arts. 37.1 del RGPD y 34.1 del “proyecto” de LOPD.
Saludos,
Opinión anónima
01.02.18
Yo tengo la misma duda, he leído el Reglamento y tampoco me ha aclarado mucho.
El concepto de “gran escala” es muy subjetivo. A mi no me parece que 300 familias sean gran escala. Nosotros somo una asociación para personas con discapacidad y tenemos de momento unas 40 familias. Por ahora, si alguien no nos lo aclara bien, no vamos a contratar a un DPO.