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Consultas Online

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Modificación del periodo de cierre

29.04.20

Hola,
Nos gustaría saber en qué condiciones se puede modificar el periodo de cierre de la asociacion establecido a principios de año. ¿Serviria con preavisar del cambio con 2 meses de antelación? ¿Que criterio prevalece en caso de que los trabajadores no estén de acuerdo con dicho cambio?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.20

Buenas tardes.

Para poder responderle debe ser usted un poco mas concreto.

¿ A que cierre se refiere ?

De cuentas y/o ejercicio economico.
De locales de publica concurrencia.
De actividad con suspension o extincio de contratos.
Etc., ETc.

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.20

Hola
Opino como José Antonio
A ver si por favor nos puede dar algún detalle para que le podamos ayudar
Gracias

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#3

Respuesta del participante:

30.04.20

Siento no haber formulado bien mi consulta. La entidad donde trabajo había establecido el cierre por vacaciones para julio, pero tras esta situación, y viendo que retomaremos la actividad en junio, nos ha avisado que las traslada a diciembre. ¿Es necesaria la aceptación por parte de los trabajadores aunque se haya cumplido el requisito de avisar con más de dos mese de antelación? En caso de desacuerdo, que razón prevalece. Gracias.

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