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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rosa M Vila

Modelo de convenio entre la asociación y el centro beneficiario de los servicios

11.03.08

Empezamos a prestar terapias voluntarias de Reiki en un centro de disminuidos psiquicos, creo conveniente formalizar el trato en un contrato o convenio, pero no dispongo de ningún modelo a seguir, ¿podríais ayudarme?

En breve empezaremos en un hospital, ¿se podria adaptar para diferentes centros?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

12.03.08

Estimada Rosa M.ª: en relación con tu consulta, paso a exponerte lo siguiente: en primer lugar, debemos de partir de que las entidades asociativas están dentro del ámbito del Derecho civil, sin perjuicio de la tutela administrativa sobre las mismas, estando las cláusulas de un convenio entre entidades privadas, tal como queréis formalizar con una entidad privada, sometidas al principio de autonomía de voluntad de las partes, conforme al artículo 1255 del Código Civil, no existiendo, por consiguiente, un modelo tipo de convenios.
No obstante lo dispuesto, si pudieramos adentrarnos en una definición de qué es un convenio de colaboración y en un formulario legal, en primer lugar, dicho instrumento contractual se entendería como el acuerdo de participar de las partes intervinientes de forma conjunta en el desarrollo de una o más actividades de interés común, siempre que se encuentren comprendidas dentro de las competencias de cada una de aquellas.
Igualmente, los convenios de colaboración deberían contener, al menos, los siguientes elementos:
Partes concertantes:
Debería indicarse, de forma expresa, los datos identificativos de las entidades y de la responsabilidad, cargo o poderes que ostentan los firmantes.
Exposición de motivos
Con carácter general, deben exponerse los siguientes aspectos:
- Fines de las entidades firmantes en relación con el objeto del convenio.
- Razones y circunstancias que motivan la colaboración.
Clausulado
Con carácter general, el texto del convenio deberá contener los siguientes extremos:
- Descripción del objeto del convenio, incluyendo los objetivos y ámbitos
materiales del régimen de colaboración.
- Actuaciones a desarrollar por cada una de las partes intervinientes.
- Compromisos de aportación de medios personales y materiales, así como de recursos financieros que asume cada una de las entidades firmantes.
- Plazos de ejecución de la actividad.
- Mecanismos de seguimiento de la ejecución del contenido del convenio.
- Plazo de vigencia, incluyendo el momento de entrada en vigor, posibilidad de prórroga y su mecanismo.
- Modo de denuncia y solución de controversias.
- Previsión sobre las actuaciones en curso para los casos de extinción del convenio.
- Carácter privado del convenio y sometimiento a la Jurisdicción Civil de las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse respecto de su contenido y aplicación
Tipos de convenios de colaboración
Se establecen tres tipos de convenios cuya formalización responde a la voluntad de las partes intervinientes de dejar constancia de su intención de mantener una
colaboración de mutuo interés.
- Convenio Ordinario: Establece los términos a través de los cuales las partes involucradas llevarán a cabo un proyecto determinado, incluyendo responsabilidades y actuaciones específicas.
- Convenio Marco: Su objeto es establecer un espacio de colaboración para el desarrollo de acciones conjuntas que, posteriormente, se concretarán a través de la suscripción de uno o varios convenios específicos.
- Convenio Específico: Es aquel que desarrolla un Convenio Marco. Podrán adoptar también la denominación de Addenda, Anexo, Protocolo, etc. Estos se regirán por su propio clausulado respetando, en todo caso, las disposiciones del Convenio Marco del que derivan, aludiendo al mismo en su redacción.
En el caso de formalizar un convenio de colaboración con un hospital, si es una entidad privada, podéis seguir perfectamente los trámites anteriormente citados. Si es público, tendríais que someteros, dependiendo de la existencia o no de cuantía económica, a lo establecido al respecto por la Administración Pública con la cual queráis convenir.
Un cordial saludo.
Rafael Pérez Castillo y mucha suerte.
rperezcastillo@gmail.com

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