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Consulta formulada por:
Modelo 182 y donación extranjera
06.06.19
Hola,
Somos una Fundación y nos surgen dudas respecto a incluir o no las donaciones que nos hacen Asociaciones, empresas y particulares extranjeras, tanto europeas como americanas, en el modelo 182 y su base legal para tomar la decisión adecuada.
Gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
06.06.19
En el modelo 182 no deben reflejarse las donaciones efectuadas por entidades residentes en el extranjero, ni seguramente el modelo lo permitirá al no poder reflejar un NIF español (esto último no lo recuerdo con exactitud en estos momentos).
En cuanto a los beneficios fiscales que pudieran tener las entidades donantes del extranjero, tendrán que analizar la legislación fiscal de su país para determinar esto.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
06.06.19
Buenas tardes.
Soy de la misma opinion que Dº Juan Gonzalez Palomino.
El modelo 182, y todo el sistema de donaciones/deducciones previsto en la Ley 49/02, solo es aplicable a personas fisicas o juridicas residentes en España, o que tengan establecimiento permanente en España.
Saludos.
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