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Mercadillo atendido por voluntarios jubilados y fiscalidad en un local cedido por un ayuntamiento
05.06.24
Si una asociación sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública y exenta de IVA, montara mercadillos benéficos periódicamente ¿los pequeños ingresos obtenidos pueden ser considerados actividad económica y ha de darse de alta en el IAE? Estaríamos hablando de unos 150 € mensuales.
¿Hay una cantidad a partir de la cual habría que hacer declaración?
¿Habría que contratar un trabajador para esa actividad o puede atenderse por voluntarios de la asociación? Con los seguros correspondientes, tanto de voluntariado, como de Responsabilidad Civil y del local.
Contaríamos con permiso del ayuntamiento, propietario del local. La asociación tiene la cesión para otro programa, durante el curso escolar.