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Medidas COVID para voluntarios y actividades
02.08.21
hola!
Somos una asociación juvenil universitaria sin ánimo de lucro (no somos entidad de utilidad pública). Hacemos actividades para los estudiantes tales como rutas culturales, actividades de ocio, excursiones y algún viaje ocasional de fin de semana.
Después de un tiempo parados por la pandemia, queremos retomar las actividades en el próximo curso pero extremando las precauciones, incluso por encima de las restricciones actuales.
Nos surgen varias dudas ya que vemos una línea muy fina entre seguridad y posible discriminación:
VOLUNTARIOS
1) ¿Podemos preguntar a nuestros voluntarios actuales si están vacunados?
2) ¿Podemos preguntar en nuestro proceso de selección de nuevos voluntarios si están vacunados?
3) ¿Podemos exigir a los voluntarios que estén vacunados para coordinar una actividad con un grupo numeroso de estudiantes? ¿Y si exigimos prueba vacunal o test pcr/antígenos?
PARTICIPANTES (son estudiantes universitarios, mayores de edad)
4) ¿Podemos exigir a los participantes que lleven mascarilla para poder participar en una actividad tanto si es en interior como en exterior? (incluso ahora que ya no es obligatoria a nivel nacional en exteriores)
5) ¿Podemos exigir a los participantes una prueba vacunal o test pcr/antígenos para poder participar en una actividad concreta?
Muchas gracias y un saludo!
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
02.08.21
La Genesis de voluntario, es la de alguien que se adhiere altruistamente y bajo la dirección y coordinación de un tercero, a realizar tareas diversas, GENERALMENTE SIN ANIMO DE LUCRO Y EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD.
Por tanto, ese tercero que dirige pone las condiciones de adhesión del voluntario.
Si cualquier candidato a voluntario leídas las condiciones de adhesión al proyecto de voluntariado no las considera oportunas, pues no se adhiere y fin.
Si cualquier beneficiario de los programas de voluntariado que asiste a las actividades programas no acepta las condiciones del organizador, pues no se inscribe y fin.
Nada de lo que PRETENDES PREGUNTAR O OBLIGAR A CUMPLIR lo considero prohibido ni existe ninguna Ley que lo prohíba. La clave de todo esta en informar de las condiciones de adhesión al voluntario y al usuario/beneficiario, y si alguno de ellos no las acepta pues no SE INSCRIBEN Y FIN.
Si deciden inscribirse bajo las condiciones impuestas, están facilitando la información que pides de manera voluntaria, y por tanto no se incumple ninguna norma legal.
No olvide que estas en una actividad VOLUNTARIA.
Por último, sería conveniente una redacción adecuada de las condiciones exigidas a los voluntarios y a los usuarios, para dejar muy claro lo que te digo arriba.
Saludos.
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
02.08.21
Hola
la vacunación contra el coronavirus no es obligatoria en España, como ocurre con el resto de las vacunaciones, “sin embargo, dada la actual situación de contagios, se percibe como necesaria y recomendable para disminuir su gravedad y mortalidad”.
En cuanto al proceso de selección así como hay preguntas personales que no estamos obligados a responder en una entrevista, en el proceso de selección tampoco nos podrán preguntar si nos han suministrado la vacuna contra el coronavirus y, ni mucho menos, exigirlo como condición para ser contratados (esto aplicable a voluntarios)
Si nos preguntan por la vacunación en una entrevista, nos estarán preguntando por un dato personal de salud, el cual no tenemos obligación de revelar. De ser así, se estaría incurriendo en una práctica discriminatoria, además de ilegal.
La entidad no puede preguntar si has pasado o no la enfermedad, y tampoco podrá pedirte un test serológico, ya que con cualquiera de las opciones estaría vulnerando la intimidad del trabajador.
En cuanto a la mascarilla se mantiene la obligatoriedad del uso al aire libre, cuando se produzcan aglomeraciones y no se pueda mantener una distancia mínima de 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
07.08.21
Llevamos ya casi dos años con un debate abierto, que no se cierra, sobre los derechos fundamentales y el derecho de la sociedad a defenderse en la pandemia.
La solución parece imposible a la vista de que ni las salas de contencioso administrativo de los T.S. de Justicia acaban de emitir resoluciones similares. Un lio bastante importante al que nos enfrentamos.
Estoy de acuerdo con las dos contestaciones que se han dado por mis compañeros, aunque son dispares.
Hay que preservar los derechos de los voluntarios y los de las personas a las que éstos van a acompañar.
Pero creo que el derecho a la salud en este momento es prevalente, y hemos de tener en cuenta la responsabilidad que asumimos en nuestro trato con personas sanas que pueden resultar contagiadas como resultado de nuestro contacto.
Así pues, entiendo que el voluntario tiene la posibilidad de no responder a las preguntas que se le plantean, levantarse e irse. No es un trabajador y no es una entrevista de trabajo. La pregunta afecta a su intimidad sanitaria, es muy sensible, pero nadie le obliga a contestarla. él tiene un derecho a no contestar y lo puede ejercer sin problema.
Mi conclusión: podeis preguntar, haciendo antes una consideración a esa persona sobre su derecho a no hablar sobre ese tema.