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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Clotilde Fuentes Castelló

Me gustaría conocer vuestra opinión sobre la justificación de una subvención.

05.06.03

Una asociación de minusválidos tiene un Centro Especial de Empleo, con el que comparte CIF. El Centro Especial de Empleo se dedica a la informática, y vende equipos como cualquier otra tienda.

Suponiendo que la asociación sea beneficiaria de una subvención pública para adquisición de equipamiento, ¿podría justificar la ayuda concedida con una factura del Centro Especial de Empleo?.

Desconozco si técnicamente es correcto, pero sin duda no me parece ético ese justificante.

¿Que opináis?

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

05.06.03

Técnicamente creo que es imposible, no creo que compartiendo CIF furera posible la justificación. ¿Por qué no justifican con una factura de quien provee de informática al Centro Especial de Empleo?

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#2

Opinión anónima

05.06.03

Es muy difícil que una factura con el C.I.F. de la propia empresa sea aceptada como justificante para una subvención, aunque no es del todo imposible. Hay subvenciones que permiten incluir costes y gastos generados en la propia empresa y de los que no se suele tener un justificante como son: horas del personal dedicado a un proyecto, gastos de I+D. Esto depende del tipo de inversión y de la línea de subvención a la que esteis acogidos ( hay que presentar un proyecto muy creíble y cosistente). En el caso de que lo permita, van a pedir una justificación muy clara y será más complicada la obtención final que en el caso de que todas las facturas sean de proveedores o con Cif distinto al de la empresa.

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#3

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.03

Esta justificacion podria ser valida si el concepto de la factura se ajusta al concepto de la subvencion y a sus condiciones, establecidas en las bases de la ayuda. Tecnicamente se podria aceptar, he sabido de casos en los que una asociacion ha recibido una ayuda de la administracion y ha tenido que justificarla con facturas emitidas por ella misma, a instancias de la propia administracion. Aunque no sea muy comun, no tiene por que ser invalido ni poco etico. Todo depende del concepto del gasto a justificar en funcion de la subvencion concedida. Finalmente, se esta financiando un servicio social que la entidad puede facturar como cualquier empresa con CIF.

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#4

Opinión anónima

09.06.03

Si el CIF es el mismo, es porque se entiende que es la misma “empresa”, por lo que si te han subvencionado para comprar algo que tu ya posees no te lo van a aceptar. Es decir si tu p`resentas una factura con tu propio CIF se entiende que es que tu tienes ese bien para vender, donar, etc. Yo creo que lo mejor es que adjunteis la factura del proveedor que suministró el material de mabera original.
por otro lado, os recomendaría separar las dos actividades porque puede generar problemas de futuro, ya que las asociaciones sin ánimo de lucro se supone que no pueden tener beneficios y si el centro de empleo mantiene negocio lucrativo puede generar problemas.

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