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Consulta formulada por:
¿Los socios colaboradores (sin derecho a voto en la Asamblea) habría que incluirlos en el libro de socios?
06.02.04
En nuestra asociación tenemos socios y socios colaboradores. Los socios colaboradores pagan mensualmente una cuota, pero no acuden a las asambleas ya que, si así fuera, sería difícil conseguir quórum en las asambleas.
Pero, ¿a los socios colaboradores hay que incluirlos en el libro de socios a pesar de que no tengan voto?.
Para demostrar la base social con la que se cuenta, ¿hay que registrar a los colaboradores en el libro socios?, ¿dónde, si no, pueden incluirse?.
¿Estamos haciendo bien al distinguir entre socios colaboradores y socios, o bien todos tienen los mismos derechos y deberes?.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
11.02.04
En los estatuos de vuestra organización debe estar bien definido quién es socio de pleno derecho y quién es socio colaborador, así como sus derechos y deberes. Siendo una federación, supongo que los socios son las entidades que forman parte y los socios colaboradores son los donantes regulares.
En el libro de socios deben constar los socios de pleno derecho miembros con voz y voto con sus fechas de alta y baja si es el caso. Pero a parte debéis tener una base de datos correcta y actualizada con vuestros socios donantes, pues ellos forman parte de vuestra base social, por supuesto. Por otra parte, os será una información de utilidad y valiosa, además de facilitar una comunicación correcta con ellos.