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¿Los socios/as que reciben un boletín o descuentos en actividades ¿pueden desgravar su cuota en el IRPF?
06.08.19
La ley de mezenazgo 49/2002 dice:
Artículo 17 Donativos, donaciones y aportaciones deducibles
1. Darán derecho a practicar las deducciones previstas en este Título los siguientes donativos, donaciones y aportaciones irrevocables, puros y simples, realizados en favor de las entidades a las que se refiere el artículo anterior:
b) Cuotas de afiliación a asociaciones que no se correspondan con el derecho a percibir una prestación presente o futura.
En mi asociación los socios/as reciben una revista gratuita, también hay algunas actividades o cursos en los que los socios reciben descuento en la cuota de inscripción. Y según algunos especialistas en fiscalidad eso nos impide desgravarnos nada en la declaración del IRPF, ya que eso es “una prestación”. Sin embargo, la mayoría de las ONGs tienen un boletín o revista que envían a sus socios y también les hacen descuentos o incluso les permiten ir gratis a actividades que las personas que no son socios tienen que pagar, pero aún así, sus socios sí se desgravan el importe de sus cuotas en la declaración del IRPF. Entonces ¿cual es la actuación correcta si los socios de la asociación reciben una revista gratis y descuentos en actividades?, ¿desgravar o no desgravar?.
GRACIAS
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
08.08.19
Buenas tardes:
En mi opinión es correcta la desgravación. Entiendo que la revista, el boletín y las posibles actividades que se realizan son abiertas bien a cualquier persona o al colectivo o grupo social al que la Asociación se dirige; ahora bien, el hecho de ser socio permite el acceso a esas mismas actividades aunque en condiciones algo más favorables. Caso diferente es que esas actividades fueran reservadas solo para los socios, lo cual podría generar alguna duda porque ¿dónde está la utilidad pública si las actividades son solo para los socios?
Como curiosidad te pongo un ejemplo: los miembros de la Asociación de Amigos del Museo del Prado reciben un boletín anual, una Memoria de Actividades, permite el acceso gratuito al Museo y a las exposiciones temporales, organizan cursos, ciclos de conferencias y viajes, hacen descuento en la compra de artículos de la tienda del museo, etc., etc., un caso muy similar al que tú comentas, la cuota anual y otras donaciones son desgravabales sin restricciones.