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Consulta formulada por:
¿Los miembros menores de la sección juvenil pueden tener voz y voto en asuntos generales?
07.02.13
Hola,
Nuestra asociación cuenta con una sección juvenil para socios de entre 14 y 30 años. Todos los miembros de la sección juvenil tienen voz y voto para los asuntos propios de dicha sección. Pero para asuntos generales de la asociación tienen voz todos y voto sólo los mayores de 18 años.
Algunos socios nos comentan que debería de tener voz y voto en las asambleas generales y extraordinarias de la asociación, independientemente de si tienen mayoría de edad o no.
¿Pueden tener razón?
Gracias.
Respuestas
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Aportada por:
Equipo SolucionesONG.org
Trabaja en:
12.02.13
Hola,
Grupo Air Law, desde el Twitter de SolucionesONG comenta que dependerá de los estatutos si los menores de la sección juvenil pueden tener voz y voto en este tipo de asuntos. En principio, añade, no hay ningún problema.
¡Gracias y un saludo!