Consultas Online
Consulta formulada por:
Los ingresos por talleres, ¿entran dentro del encuadre de exención de IVA?
15.11.17
Hola:
Somos una asociación sin ánimo de lucro para personas con discapacidad y/o diversidad funcional. Hemos contratado profesionales para diversas terapias (logopeda, musicoterapeuta, pedagogo, fisio, etc), terapias que se cobran a los usuarios.
¿Esta actividad entra dentro del encuadre de exención de IVA? ¿Podemos emitir factura sin IVA a los usuarios por las terapias que reciben?
La cantidad que se cobra se utiliza prácticamente en su integridad para pagar los salarios, seguridad social de los terapeutas y unos 3 euros que quedan para la asociación por cada hora de terapia para ayudar a sufragar los gastos corrientes de la asociación.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
17.11.17
Entiendo que si esos talleres forman parte de la actividad y el objeto social de la asociación no hace falta facturar con IVA
Respuesta del participante:
18.11.17
Gracias Francisco, efectivamente esos talleres forman parte de la actividad y el objeto social.
Tenía dudas puesto que todavía no tenemos el reconocimiento de interés social, que está en trámite en la Administración de Hacienda.