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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Dolores Fernández Zapata

Los ingresos por talleres, ¿entran dentro del encuadre de exención de IVA?

15.11.17

Hola:

Somos una asociación sin ánimo de lucro para personas con discapacidad y/o diversidad funcional. Hemos contratado profesionales para diversas terapias (logopeda, musicoterapeuta, pedagogo, fisio, etc), terapias que se cobran a los usuarios.

¿Esta actividad entra dentro del encuadre de exención de IVA? ¿Podemos emitir factura sin IVA a los usuarios por las terapias que reciben?

La cantidad que se cobra se utiliza prácticamente en su integridad para pagar los salarios, seguridad social de los terapeutas y unos 3 euros que quedan para la asociación por cada hora de terapia para ayudar a sufragar los gastos corrientes de la asociación.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

17.11.17

Entiendo que si esos talleres forman parte de la actividad y el objeto social de la asociación no hace falta facturar con IVA

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#2

Respuesta del participante:

Dolores Fernández Zapata

18.11.17

Gracias Francisco, efectivamente esos talleres forman parte de la actividad y el objeto social.
Tenía dudas puesto que todavía no tenemos el reconocimiento de interés social, que está en trámite en la Administración de Hacienda.

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