Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Los gastos reflejados en convocatorias de cooperación deben figurar en la contabilidad de la asociación?
07.06.17
Hola,
Queríamos hacer una consulta relacionada con los gastos indirectos de los proyectos de cooperación.
Todas las convocatorias de subvenciones los definen y especifican en qué consisten exactamente. Aunque varían un poco de unas a otros, podríamos resumirlos como gastos de administración imputables a la ONG derivados de la ejecución del proyecto en el periodo de tiempo de su desarrollo.
A la hora de la justificación algunas exigen que se justifiquen íntegramente mediante facturas, mientras que otras permiten justificarlos simplemente mediante un certificado. A pesar de que eso sea así, ¿dichos costes deben figurar en la contabilidad de la asociación correspondiendo con gastos reales por los conceptos especificados en la convocatoria correspondiente?, o, en el caso de que no se hayan gastado realmente en su totalidad ¿el importe sobrante puede quedar en las cuentas de la asociación o debería reembolsarse a la entidad financiadora?.
Es decir, ¿qué pasa si no se gastan todos los gastos indirectos de un proyecto? ¿qué sería lo correcto?
Muchas gracias