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Consulta formulada por:
Límites legales de un fondo de la asociación destinado a la mutua asistencia
09.05.03
¿Qué limites legales tiene la creación por parte de los asociados de un fondo de mutua asistencia, en el cual cada uno puede depositar una pequeña suma (10 Euros), con el fin de poder hacer frente a necesidades ocasionales de los mismos asociados averiguadas por una comisión?
Respuestas
Opinión anónima
13.05.03
Aunque su pregunta es muy parca en detalles, intentaremos resolverla. Los límites legales vendrían impuestos si se tratara de crear una Mutua asistencial como tal, o de pensiones, etc, ya que en ese caso se tendría que acoger a la legislación respectiva.
Si únicamente se trata de un fondo asistencial mínimo para los socios, lo que le aconsejamos es que lo regulen lo más detallado posible en un Reglamento de Régimen Interno elaborado al efecto, en el que establezcan las formas de acceder a él, la composición de la Junta o comisión que valorará quién tendrá acceso a ello, etc…, y sobre todo, forma de impugnar esta decisión por parte de los socios.
En principio, tal y como tienen formulada la pregunta, no tiene más límite legal que lo que acuerden los Estatutos o Reglamente de Régimen Interno, y que se respete el que los socios puedan impugnar dicha decisión.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.