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Consulta formulada por:
¿Las organizaciones sin ánimo de lucro están exentas de pagar el impuesto de sucesión?
21.02.18
Hola:
Tenemos una duda en relación al impuesto que hay que pagar para recibir una herencia aquí en la Comunidad Valenciana.
¿Nuestra asociación como ONG está exenta de pagar el impuesto de sucesión?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Fundación Gestión y Participación Social
Trabaja en:
Asesor particular
21.02.18
Hola.
En el Impuesto de Sucesiones y Donaciones tributan quienes las reciben si son personas físicas. Las personas jurídicas (incluidas las ONG) tributan por esas rentas a través del Impuesto de Sociedades.
En la regulación de dicho impuesto, los ingresos realizados a título gratuito (como es este caso) gozan de exención, con el requisito de que se obtengan o realicen en cumplimiento del objeto o finalidad específica de la entidad.
Es decir, si se puede suponer que el legado se realiza como colaboración para los fines de la entidad (que entiendo que es lo normal), estaría exento en el Impuesto de Sociedades. Eso implica, obviamente, que la entidad emplee esos fondos para actividades propias de sus fines estatutarios o que pasen a reservas para ser empleados en esos fines en el futuro.
Un saludo
César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org