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Consulta formulada por:
¿Las ONG estamos exentas de IBI?
25.03.15
Hola,
Queríamos saber si siendo una ONG estamos exentos del I.B.I pues si bien nos decian que solo se exime al culto católico, ahora estamos exentas tambien las demás y es que el Ayuntamiento nos sigue cobrando el mismo.
Muchas Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado experto en fundaciones
Trabaja en:
Asesor particular
26.03.15
Estimado Manuel.
La exención de IBI se puede solicitar por aquellas entidades sin fines lucrativos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo.
Es una exención que no opera automáticamente, sino que hay que solicitarla. Y, reitero, no todas las ONG pueden gozar de ella, sólo las que cumplan los requerimientos de la Ley 49/2002.
Saludos
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
26.03.15
Tal como señala el compañero sólo sería posible en el caso que la entidad estuviera acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, por ser fundación o asociación declarada de utilidad pública o inscrita en el registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.