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Consulta formulada por:
¿Las entidades de utilidad pública están exentas del pago de comisiones bancarias?
09.01.14
Hola,
Nuestra entidad está Declarada como Utilidad Pública por el Ministerio del Interior y nuestra duda es referente a la comisiones que nos cobran los bancos donde tenemos cuentas, si en la legislación actual estamos exentos de estas comisiones y en caso afirmativo, ¿dónde aparece?
¡Un saludo y muchas gracias!
Silvia Ortiz.
Respuestas
Aportada por:
Contable especializado en ONG.
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09.01.14
Hola Silvia
Que yo conozca no existe ninguna legislación referida a ese punto…. siempre que estemos hablando de comisiones y no quieras referirte a la retención que se aplica a los intereses que pueda generarte una cuenta corriente o un deposito bancario.
Saludos.
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
09.01.14
Hola Silvia, como comenta Juan Carlos, no conozco ninguna normativa que lo exima. Las entidades bancarias las establecen con carácter general para todos los clientes, otra cosa es que negociando con ellos podáis conseguir que las rebajen o centralizando todas vuestras cuentas en una única entidad. De hecho ofrecen como podrás haber visto u oído en la publicidad que realizan ciertas ventajas a nuevos clientes o a clientes que tienen determinado tipo de cuentas, etc. Deberías informarte en ellas y en otras para ver si podéis conseguirlo y así ahorraros esas cantidades.
El hecho de que sea reconocida como de utilidad pública no conlleva esta ventaja, sí otras pero en concreto esta no.
Espero pueda servirte
Saludos.