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Consulta formulada por:
¿Las donaciones materiales se someten a las mismas desgravaciones que las dinerarias?
18.03.11
¡Buenas! Ahí va mi consulta:
Al ser una Fundación, las aportaciones económicas de nuestros socios desgravan. por lo que cada año hacemos las declaraciones de IRPF pertinentes por donativos y donaciones.
¿Las donaciones de bienes materiales podrían someterse a las mismas desgravaciones? Si un donante nos imprime unos trípticos por valor x, podríamos computarlo como donación y beneficiarse así (el donante) de la desgravación?
Un saludo y muchas gracias. ¡Es una maravilla poder contar con una iniciativa como la vuestra!
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
20.03.11
Si se puede.
El procedimiento seria el siguiente:
1º vuestro proveedor/benefactor emite una factura por el importe de sus trabajos/suministros, y acto seguido os emite una carta de dondacion de su importe, y vosotros le entregais un recibo de dondacion por el citado importe,
2º Tambien podria ser que pagueis efectivametne la factura, y acto seguido el os hace un ingreso por ese importe, y le emitiis recibo por la donacion.
en la relacion final del año, lo incluiis como donante por ese importe.
Saludos
mas en www.jimenezpuertas.com
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
20.03.11
dsd
Aportada por:
David Cereceto Martinez
Trabaja en:
Asesor particular
22.03.11
Solo añadir a la respuesta de Jiménez Puertas un pequeño pero, el Iva de dicha factura debe de ser ingresado en hacienda por parte del donante.
Saludos