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¿Las cuotas pagadas por los socios para la atención escolar de los niños están exentas de IVA?
26.08.20
Hola,
Las cuotas que pagan diariamente las familias socias de la asociación por la atención escolar de los niños, ¿están exentas de IVA o hay que aplicárselo?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
26.08.20
Buenas tardes:
Las cuotas de socios no llevan IVA. Si se cobra por un servicio entiendo que sí.
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cucunver.com
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Asesor particular
27.08.20
Buenos días,
Estoy de acuerdo con mi compañero Francisco, las cuotas de los socios no llevan IVA.
Un saludo :)
Ángela Cuiñas
cucunver.com
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
27.08.20
Entiendo que es importante hacer un matiz. Efectivamente, como dicen los compañeros, las cuotas no llevan IVA; ahora bien, en ocasiones consideramos cuotas servicios que realmente no son cuotas. Por ejemplo, si no todos los socios de la asociación reciben ese servicio, sino sólo aquel que lo necesita o demanda, pagando por ello una cuota distinta, y añadida, a los socios que no reciben el servicio, en ese caso realmente no nos encontramos con una cuota, sino con el pago de un servicios específico prestado. En este caso, ya no podemos hablar de la exención del IVA por cuotas, sino que tendremos que analizar la naturaleza del servicio concreto para ver si, por otros motivos, pudiera estar exento de IVA. Así, en vuestro caso, si ese servicio de atención escolar tiene que ver con la enseñanza de materias regladas o incluidas en planes de estudios, esas “cuotas” estarían exentas de IVA; en caso contrario, no.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.