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Consulta formulada por:
¿Las cuotas de usuarios en una asociación sin ánimo de lucro constituyen rentas exentas del Impuesto de Sociedades?
27.06.18
Hola,
¿Las cuotas de usuarios en una asociación sin animo de lucro constituyen rentas exentas del Impuesto sobre Sociedades?
Muchas gracias de antemano.
Saludos
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
28.06.18
Efectivamente son rentas exentas del Impuesto sobre Sociedades.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Fundación Gestión y Participación Social
Trabaja en:
Asesor particular
28.06.18
Hola, Francesco.
Se aplica, al igual que a los donativos, una limitación a esto: son rentas exentas siempre que no tengan contraprestación, es decir, que no sean el pago de un producto o servicio prestado por la asociación.
Lo más habitual es que sea así, pero existen asociaciones que sí consideran que la cuota de socio paga la prestación de un servicio y no sólo la consideran no exenta de cara al Impuesto de Sociedades sino también sujeta a IVA.
Estamos hablando de la adquisición de un producto o recepción de un servicio concreto, porque en casi todos los estatutos de asociaciones se declara entre los derechos de los socios el de “recibir los beneficios que en general pueda ofrecerle la asociación” (o una frase por el estilo), pero esto es más bien una afirmación genérica que, por supuesto, excluye los beneficios económicos o susceptibles de valoración económica y se refiere más bien a beneficios intangibles (pertenencia, participación…)
Un saludo
César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org
Respuesta del participante:
29.06.18
Dudas aclaradas! Muchas gracias por vuestras respuestas.
Saludos