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Consulta formulada por:
Miguel Ángel García García-Rivera
¿Las asociaciones tenemos que pagar el recurso cameral a la Cámara de comercio de Madrid?
19.08.10
¿Las asociaciones tenemos que pagar el recurso cameral a la Cámara de comercio de Madrid?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
10.09.10
No, pues las asociaciones no realizan actividades comerciales, industriales o navieras.
A tal efecto conviene recordar que la obligación de pagar dicho recurso se impone a los electores de las Cámaras, condición que no recae en las asociaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación, por remisión del artículo 13 de la citada Ley al artículo 6 del mismo texto.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.