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¿Las asociaciones sin ánimo de lucro han de presentar el modelo 347 si actúan como retenedores de IRPF por ejemplo en facturas de alquiler u otras?
18.07.22
Hola.
¿Las asociaciones sin ánimo de lucro han de presentar el modelo 347 si actúan como retenedores de IRPF por ejemplo en facturas de alquiler u otras? Siempre que se superen los 3.000 euros claro.
Gracias
Respuestas
#1
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
18.07.22
Las retenciones de alquiler se declaran en el modelo 180 y no deben declararse por ello en el modelo 347; en este modelo se declaran las operaciones con clientes o proveedores que superen los 3.000 euros, debiéndolo presentar las entidades sin ánimo de lucro, aunque no realicen actividades económicas.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.