Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Las asociaciones de utilidad pública deben disponer de hoja de reclamaciones en sus locales?
16.04.18
Hola:
¿Las asociaciones de utilidad pública deben disponer de hoja de reclamaciones en sus locales?
Muchas gracias.
Respuestas
#1
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
17.04.18
La declaración de utilidad pública no implica por sí misma la necesidad de disponer de hojas de reclamaciones en los locales. Esa circunstancia vendrá determinada por la actividad realizada en los locales y puede ser una exigencia del Ayuntamiento o de la Comunidad Autónoma en relación con esas actividades, pero no, como digo, una obligación “per se” de las declaradas de utilidad pública.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.