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Consulta formulada por:
¿La legislación de asociaciones dispone alguna fecha límite para hacer la reunión anual de la Asamblea Ordinaria?
25.02.05
¿La legislación de asociaciones dispone alguna fecha límite para hacer la reunión anual de la Asamblea Ordinaria?. En caso afirmativo, ¿qué pasaría si se celebra después?
Por otro lado, estamos pensando en solicitar la Declaración de Utilidad Pública. ¿Tenemos para ello que presentar las cuentas en algún lado?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
01.03.05
En respuesta a su consulta, le informamos que la Ley de Asociaciones vigente, Ley Orgánica 1/2002, no prevé una fecha límite para celebrar la asamblea ordinaria, disponiendo únicamente la obligación de celebrarla, cuando menos, una vez al año.
Respecto de los requisitos para solicitar la declaración de utilidad pública, le remitimos a los artículos 32 a 35 de la citada Ley, así como al Real dewcreto 1740/2003, relativo a los procedimientos de acceso y revocación de la declaración de utilidad pública.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Respuesta del participante:
07.03.05
Tenéis un servicio bastante eficáz, resulta un poco desconcertante pero al mismo tiempo esperanzador saber que podemos contar con una herramienta como esta, que tiene un servicio atendido por profesionales altamente cualificados. Muchas gracias a todos.Esto dignifica vuestra labor.