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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿La fundación de una ONG puede ser considerada como trabajo por cuenta propia en las leyes españolas?
20.03.14
Hola,
Soy extranjera y actualmente resido en mi país. Yo estudié en España y después de volver a mi país tuve la invitación de unas compañeras para fundar una ONG. Todo listo, pero un problema se nos presentó: ellas me dijeron que no es posible hacerme un contrato laboral por eso de las leyes españolas y los puestos laborales de la ley para extranjeros. Tengo formación académico-científica en Sociología. Pensé, por otro lado, que podría incluir la ONG como “trabajo por cuenta propia”, ya que yo soy responsable por captar los recursos de nuestros proyectos sociales. Pero no logro esa información ni en la Embajada de España, ni en las investigaciones en las leys. ¿Alguien puede aclararme eso, por favor?
Gracias.
Fernanda
Respuestas
Opinión anónima
20.03.14
No parece que tenga muy que ver. En principio para que la actividad se considere un trabajo reglado y legalizado, debería estar integrada la persona en la Seguridad Social en el régimen de Trabajadores Autónomos, en la especialidad que sea, y pagando mensualmente la cotización que proceda.
Si no hay esa integración, dudo que nadie pueda considerarlo ‘trabajo por cuenta propia’.
La fundación de un ONG, el colaborar con ella en busqueda de financiación o en otras actividades es una actividad altruista y muy laudable, pero sin relación con la actividad laboral.
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
20.03.14
Fernanda,
la relación tuya con la ONG puede ser de trabajo voluntario o retribuido.
Si es trabajo voluntario no puedes recibir ninguna retribución por tu trabajo que no sea compensar los gastos que puedas tener para hacerlo. En este caso no te afectan las normas laborales y necesitas permiso.
Si el trabajo es retribuido puede ser por cuenta propia o ajena pero en los dos casos necesitas permiso de trabajo en España.
Si no está muy claro que tipo de relación es podeis meteros en un lío que resolvería un juez y que puede costar muy caro a la ONG por contratar trabajadores ilegales. También puede no pasar nada, pero es bueno que tengais claro si la relación es laboral o no.
Me ha salido un poco largo, si necesitas alguna aclaración por favor dímelo.
Saludos,
Opinión anónima
29.03.14
Gracias, Valentín! Sí, mi duda era sobre si se puede considerar la ONG como trabajo retribuido por cuenta propia.
Un cordial saludo