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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿La facturación de los miembros de la junta por actividades ajenas a su cargo está condicionada por la procedencia de los fondos de la entidad?

30.11.16

Hola,

Quiero hacer una consulta en relación a otra que formulé anteriormente: ¿Los miembros de la Junta Directiva pueden participar en trabajos de la asociación que se salgan de los cometidos propios de sus cargos?

Se trata de saber si la posibilidad de poder facturar, por parte de cualquier miembro de la Junta Directiva, está condicionado a la procedencia de los fondos de la Asociación.

Por ejemplo se concede una subvención para un proyecto determinado y la secretaria realiza labores del mismo, ajenos a los de su función como secretaria.

Muchas gracias por su colaboración.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

30.11.16

Los miembros de la junta directiva pueden realizar labores remuneradas por trabajos ajenos a los propios de la junta directiva. Lógicamente, para ello, deberán estar contratados como trabajadores por cuenta ajena o facturar como profesionales independientes. Legalmente, estos trabajos no tienen que estar condicionados a la existencia de fondos; no obstante, si se contrata a alguien, miembro o no de la junta, lógicamente será porque hay fondos para retribuir sus servicios, con trabajador o como profesional.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

30.11.16

Es correcto: el origen de los fondos puede condicionar su uso. Si pensabais asignar a sueldos fondos procedentes de subvenciones, la normativa reguladora de cada subvención os fijará el margen de maniobra.
Y en el caso de que vuestra entidad esté declarada de Utilidad Pública, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación establece el requisito especifico de “que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas”.

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