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Consulta formulada por:
¿La factura que nos emita una empresa de Paraguay que nos va a hacer un trabajo en Paraguay ha de llevar IVA?
19.05.10
Vamos a desarrollar un proyecto en Paraguay en el que rehabilitaremos unas estancias. Y hemos contratado para ello a un técnico de obra, que nos presta sus servicios en Paraguay.
¿Es necesario que la factura que nos emita lleve IVA?
La ley 37/1992 en sus artículos del 68 al 70 deja entrever algo pero necesitaría resolverlo a ciencia cierta.
Muchas gracias a todos por vuestro interés
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.10
Hola Noelia;
Si la factura se emite en Paraguay llevará los impuestos que esten vigentes allí, nada que ver con los que tengamos en España.
Otra cosa es si el "técnico de obra" es español y factura como tal, pero entiendo que no es el caso.
Saludos, Eva
Aportada por:
Berta Liliana Brusilovsky Filer
Arquitecta, urbanista, cooperación internacional
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.10
Estimada Noelia:
Si el profesional o empresa son españoles y lo(s) estais contratando en España para que os haga(n) el trabajo en Paraguay tendra(n) que incorporar los impuestos vigentes en España. Si lo estais contratando en Paraguay con facturas que incorporen los datos fiscales de Paraguay, incorporará(n) los impuestos vigentes en Paraguay.
Saludos y enhorabuena por vuestro trabajo.
Berta Brusilovsky Filer - www.acciondesarrolloigualdad.org
Aportada por:
Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.10
En Paraguay el Impuesto al Valor Agregado se calcula sobre el precio de del bien o la prestación del servicio, aplicándose la tasa general del 10% .
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El prestatario está obligado a cargar el IVA siempre que facture más que el equivalente a un salario mínimo mensual (según mis datos Gs. 1.089.000) como probablemente sea el caso que os ocupa. Es importante que la factura contenga todos los elementos necesarios según la ley paraguaya, sobre todo en caso de que los fondos provengan de una subvención pública española y la factura original quede con vuestra socia local, en cuyo caso la copia debería ser compulsada por alguna autoridad española habilitada en el país.
font-family:Arial;color:black”>Saludos JMT
Opinión anónima
19.05.10
A mi parecer debe de llevar iva la factura y luego vosotros aqui la tratais como pais externo. Te dejo un link para que mireis
http://www.monografias.com/trabajos37/iva-sudamerica/iva-sudamerica2.shtml#parag
Tambien miraria la ratificacion firmada entre España y Paraguay
INSTRUMENTO de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de