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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿La colaboración en especie que harán empresas puede considerarse donación?

04.05.15

Hola,

Tenemos varias empresas interesadas en colaborar en nuestra fundación pero en especie, es decir, a cambio de prestar servicios de diseño, gestoria. Los gastos de gestoría y asesoría fiscal ya ascienden a más de 1000 euros por ejemplo.

¿Tendrían la consideración de donaciones y acogerse a los beneficios de la ley de mecenazgo?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

04.05.15

El concepto de donación en especie como tal no existe, hay las donaciones dinerarias y no dinerarias (maquinaria, fungibles, etc..) una prestacion de servicios como tal no es una donación (para eso esta el voluntariado). Entre otras cosas si se considerara una donación prodria haber un problema de iva para el que presta el servicio ya que esta haciendo un servicio por el que tendria que repercutir iva e ingresarlo en hacienda. Lo mejor para que no hays ninguna duda respecto a la donación es que os facturen, vosotros pagueis y después o hagan una donación del dinero que habeis pagado (excepto el iva, o no si lo quieren pagar ellos) por lo que sera una donación dineraria y acogerse a la ley del mecenazgo, entendiendo que vosotros sois una entidad acogida a la ley 49/2002

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

04.05.15

La prestación de un servicio no se considera directamente donación en base a la Ley 49/2002. Ahora bien, eso no impide que el prestador del servicio renuncie a su crédito. Si así lo hace, esa renuncia a su derecho de crédito (por el importe que figure en factura) si constituirá donación a efectos de la Ley 49/2002. Lógicamente también, como señala el compañero, cobrar la factura y donar el importe cobrado.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#3

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

04.05.15

Solo una apreciacion, totalmente de acuerdo con la renuncia al credito que propone el compañero, pero no exime del ingreso del IVA. Si no el prestador del servicio no habra ingresado iva de un servicio prestado

Saludos

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