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Consulta formulada por:
La asociación está exenta de IVA para sus actividades teatrales ¿Al hacer la factura por un trabajo debemos hacer algo obligatoriamente?
28.01.14
Hola
Mi consulta es la siguiente. Somos una asociación cultural donde convergemos varias personas de diferentes disciplinas. Para mantener la sede y poder comprar algún equipo técnico estamos viendo de realizar algunos trabajos esporádicos de forma voluntaria en nombre de la asociación en la que el 100% de los beneficios se quedarían allí. La asociación está exenta de IVA para sus actividades teatrales, en ese caso al hacer la factura por ejemplo a una empresa privada por X trabajo (por ejemplo un cuentacuentos) con la persona que vaya a cubrir esa actividad hay que hacer algo obligatoriamente? (contrato, etc) o simplemente se contempla que esa actividad es para la asociación y ya se registra como ingreso?
Espero esté clara la pregunta
un saludo y gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
17.02.14
No sé si acabo de entenderlo bien. Si el trabajo se realiza por cuenta de la Asociación, es ella quien hace las facturas y quien las cobra. Luego es posible que el trabajo lo realicen voluntarios que no cobran por ello, bien, eso es cosa entre ellos y no afecta a terceros.
Si fuera de este modo, el beneficio queda en la Asociación, no hay donación por parte del voluntario y sí se le puede resarcir por los gastos en que ha incurrido para hacer ese trabajo, siempre que lo justifique mediante factura.