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Consulta formulada por:
¿La ampliación de los objetivos estatutarios implica una nueva inscripción o pérdida de antigüedad?
27.03.11
Hola. Nos ponemos de nuevo en contacto con vosotros porque queremos adecuar los estatutos de nuestra asociación a las nuevas realidades sociales que está provocando la actual situación económica.
La cuestión que queremos preguntaros es si la ampliación de los objetivos estatutarios implica una nueva inscripción o una pérdida de la antigüedad de la asociación.
Gracias de antemano por vuestra respuesta
Un cordial saludo
José A. Alonso
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
29.03.11
Hola Jose Alonso,
Para nada, tan solo se trata de una modificación estatutaria que tendréis que aprobar en Asamblea General de socios y comunicar al registro correspondiente.
Saludos, Eva
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
29.03.11
EFECTIVAMENTE. HAY QUE APROBAR LA MODIFICACION, EN UNA ASAMBLEA, CONVOCADA DE ACUERDO CON LOS ESTATUTOS VIGENTES, Y CONFECCIONAR EL ACTA DE LA ASAMBLEA QUE APRUEBA LA MODIFICACION, Y PRESENTARLA EN EL REGISTRO DE ASOCIACIONES DONDE ESTE INSCRITA VUESTRA ENTIDAD, JUNTO CON EL NUEVO REDACTADO DE LOS ESTATUTOS (TAL COMO QUEDARAN DESPUES DE ESTA MODIFICACION)
Opinión anónima
29.03.11
En efecto, de acuerdo con los anteriores, no es necesaria nueva inscripción por modificar los estatutos. Unicamente habría duda en el caso de moficar la figura jurídica que teneis (pasar de asociación a fundación, por ejemplo) pero incluso en ese caso, y dependiendo del registro, aunque se haga una nueva inscripción, se suele conservar la antigüedad.
¡Ánimo con vuestra labor!
Respuesta del participante:
05.04.11
Gracias a todos por vuestra participación y ayuda.
Un cordial saludo