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Consulta formulada por:
Justificación de alojamiento, dietas y kilometraje de los miembros de la junta directiva en territorio no nacional
19.03.07
Necesitaba saber si es posible justificar el alojamiento, dietas y kilometraje de los miembros de la junta directiva, mediante declaración responsable justificativa de informe de gastos, aplicando en éste las cantidades que recoge los presupuestos generales del Estado como dietas completas para estancias en territorio no nacional.
Un saludo.
Respuestas
Opinión anónima
19.03.07
Si. Referente a la cantidad a aplicar, como bien dices las cantidades establecidas legalmente forman parte de las dietas exentas, si recibieran una cantidad superior a estas, cotizarían a la seguridad social (si estuvieran dados de alta) y sin olvidar, la consecuente deducción del Impuesto de Rentas de las Personas Físicas, aplicables (según la legislación oportuna)
Opinión anónima
19.03.07
David lo ha explicado estupendamente. Los maximos que marca Hacienda estan exentos, entiendo la cantidad adicional superior a esta cuantia tributa a IRPF del beneficiario . Conviene que documenteis la entrega y recepcion, en un documento “casero” y que lo firme el trabajador. Solo para el caso de que pudierais tener una inspeccion en el futuro. Saludos
Opinión anónima
20.03.07
Efectivamente como te han comentado sí es posible y están los límites legales establecidos.
Yo añadiría al respecto que deberéis tener en cuenta si el organismo o entidad ante la cual vais a realizar la justificación tenga o no estipulada alguna característica especial al respecto en esta partida. Si no se hace referencia al método de justificación sino que únicamente se acepta una cantidad concreta sí sería recomendable que realicéis liquidaciones de gasto por desplazamiento individuales de cada persona que se desplaza (originales y firmadas) y que guardéis (también originales) todos los gastos que conlleven como justificación de la misma.
Atentamente,
Vanesa Cenjor
Muy buena
Aportada por:
Asesor en proyectos de cooperación internacional.
Trabaja en:
Asesor particular
21.03.07
Quisiera ampliar el comentario de Vanesa. Hay que tener en cuenta las normas específicas del financiador de las dietas, alojamiento y kilometraje: algunas instituciones, sobre todo en cooperación internacional, solo permiten realizar liquidaciones acompañadas de las correspondientes facturas o justificativos de los gastos realmente realizados, de acuerdo a la legislación del país donde se realiza el gasto, acompañadas de una hoja de liquidación de los mismos por cada viaje realizado.
Los acertado comentarios que han realizado David y Marga, están orientados a en lo referente a normas de cotización a seguridad social y a declaración de renta, pero como no especificas si los miembros de la junta directiva tienen relación laboral con la institución. Puede darse el caso que solo es necesario una compensación de gastos por los gastos ocasionados en el viaje, por lo que deberían atenerse a la normativa especifica del financiador del mismo, si lo hay, o a las normas internas de vuestra organización. Respecto a este ultimo punto, es recomendable que las instituciones tengan una política interna de movilización, donde se establezcan todas las normas referentes a viajes, alojamiento, manutención… y la forma de justificar, tanto la autorización para los viajes, como su justificación económica.
Muy buena
Aportada por:
Maria del Pilar Rodriguez Solís
Psicologa afrocolombiana, especialista en cooperacion internacional y gerencia social.
Trabaja en:
Asesor particular
22.03.07
Cordial Saludo,
Sì es posible justificar las los desplazamientos, dietas, etc, pero debe quedar todo por escrito y en formatos debidamente legalizados, para tener la certeza el proceso y verificacion de datos o conceptos a la hora de rendir informes.
gracias.
Opinión anónima
30.03.07
Estimado Director:
Todo dependerá de lo que se establezca en las bases de la Convocatoria o en el Convenio firmado con la entidad donante. Es muy probable que además de la declaración de la declaración responsable se exija un documento de justificación de dietas acompañado de las facturas, recibos… correspondientes.
Los límites establecidos en las Órdenes correspondientes fijarán los importes máximos de cada dieta o gasto de viaje.
Un cordial saludo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.