Consultas Online
Juntas y Asambleas por videoconferencia
02.03.22
Buenos dias, tal y como nos han informado, para poder realizar las Juntas y las asambleas de la entidad por videoconferencia así como para poder enviar las convocatorias de estas por mail,watshap,etc….. tienen que estar puesto en los estatutos de la entidad.
¿Alguien me puede indicar como tendríamos que incluir esto en los estatutos por favor?
Un saludo
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
05.03.22
En relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la posibilidad de que los miembros del órgano de representación o de la asamblea general celebraran reuniones telemáticas sin sesión presencial, para los casos en los que no esté previsto de forma expresa en sus Estatutos, finalizó el 31 de diciembre de 2021.
Al respecto, el artículo 3.2. del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, establecía que:
“2. Excepcionalmente, durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las juntas o asambleas de asociados o de socios del resto de personas jurídicas de Derecho privado (asociaciones, sociedades civiles y sociedades cooperativas) podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple siempre que todas las personas que tuvieran derecho de asistencia o quienes los representen dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico.”
Por consiguiente, lo que deben efectuar en el seno asociativo sería modificar los Estatutos, a efectos de contemplar de forma expresa en los mismos un artículo relativo a dicho tipo de reuniones de la junta directiva y de la asamblea general por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com