Consultas Online
Junta Directiva AMPA
24.01.19
Buenos días. ¿Es posible (alguna ley lo permite o lo prohibe) que madre y padre de una misma familia sean presidente y secretario de la junta directiva de un AMPA? Gracias
Respuestas
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
09.02.19
En relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, al desconocerse el ámbito de actuación territorial del AMPA, cabe estar a la normativa estatal sobre dichas entidades asociativas, la cual viene dada por las siguientes disposiciones normativas y reglamentarias:
-Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
-Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
-Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de padres de alumnos.
Del tenor de las disposición normativas y reglamentarias referidas, cabe traer a colación lo referido en el art. 7 del Real Decreto 1533/1986, de 11 de julio, el cual establece que:
“Los estatutos de las asociaciones de padres de alumnos deberán contener, al menos, los siguientes extremos:
d) Composición y funcionamiento de sus órganos de gobierno, que en todo caso deberán ser democráticos.”
En consecuencia, a la luz de lo expuesto, serán los estatutos del AMPA los que puedan establecer en cuanto a la composición y funcionamiento del órgano de representación el hecho de que no puedan ser miembros del mismo una madre y padre de una misma familia, en calidad de presidente y secretario de la misma.
De no establecerse ninguna limitación en los estatutos del AMPA, cabe contemplar la posibilidad planteada por su parte.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com