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Consulta formulada por:
Junta de Andalucía equipara a las personas voluntarias con trabajadoras y no cubre los gastos de viaje a la sede
15.05.24
Buenos días, recibimos subvención de la Junta de Andalucía, y en sus las bases reguladoras, equipara a las personas voluntarias miembro de junta directiva con personal laboral. Así asume que la sede es su lugar habitual de trabajo y no les cubre los gastos de desplazamientos, y basa la compensación de gastos por dietas (manutención y alojamiento) igual que a una persona trabajadora, con importes del año 1989 (Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.
Que podemos hacer o en que normativa podemos basarnos para que se abonen los gastos de desplazamientos a la sede, y que la compensación de manutención y alojamientos se actualice.
Acceso a las bases reguladoras: http://juntadeandalucia.es/boja/2011/95/d1.pdf
Muchas gracias por adelantado!!!