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Consulta formulada por:
IVA y retención en subarrendamiento
12.03.10
Estamos alquilados en un local y hemos decidido subarrendar una de las oficinas a otra asociación.
Como estamos exentos de IVA no sabemos si debemos incluir IVA y retención en el recibo así como si debemos presentar declaraciones de los mismos.
Muchas gracias.
Respuestas
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Opinión anónima
12.03.10
Es una operación sujeta a IVA y debéis aplicarla, así como comunicarlo a Hacienda a través del model 036. En la factura también teneis que descontar el 19% de IRPF, para que el arrendatario lo ingrese mediante el 115.
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Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
12.03.10
Buenas tardes Elena:
Yo entiendo que si tenéis que facturar con IVA y con la correspondiente retención. Lo primero, aunque seguro que lo habéis hecho, es comprobar que el contrato que tenéis os permite subarrendar todo o parte del inmueble.
Un saludo,
Mariano Romero
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Opinión anónima
13.03.10
Hola Elena
Como dicen mis compañeros, debes repercutir el IVA en la factura que emitas (para no liar la respuesta no me entretengo en matices respecto a lo que supone esa "exención" del IVA recogida en la Ley 49/2002)
Gracias
Salvador
puche29.es