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Consulta formulada por:
IVA y retención en subarrendamiento
12.03.10
Estamos alquilados en un local y hemos decidido subarrendar una de las oficinas a otra asociación.
Como estamos exentos de IVA no sabemos si debemos incluir IVA y retención en el recibo así como si debemos presentar declaraciones de los mismos.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
12.03.10
Es una operación sujeta a IVA y debéis aplicarla, así como comunicarlo a Hacienda a través del model 036. En la factura también teneis que descontar el 19% de IRPF, para que el arrendatario lo ingrese mediante el 115.
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
12.03.10
Buenas tardes Elena:
Yo entiendo que si tenéis que facturar con IVA y con la correspondiente retención. Lo primero, aunque seguro que lo habéis hecho, es comprobar que el contrato que tenéis os permite subarrendar todo o parte del inmueble.
Un saludo,
Mariano Romero
Opinión anónima
13.03.10
Hola Elena
Como dicen mis compañeros, debes repercutir el IVA en la factura que emitas (para no liar la respuesta no me entretengo en matices respecto a lo que supone esa "exención" del IVA recogida en la Ley 49/2002)
Gracias
Salvador
puche29.es