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IVA por la venta de una furgoneta
16.04.24
Hola.
Somos una asociación de acción social exenta de iva y declarada de utilidad pública.
Vamos a vender una furgoneta de nuestra propiedad a una empresa privada.
No tenemos ni hemos tenido nunca actividad no exenta y nunca hemos declarado iva.
¿La venta de la furgoneta está también exenta de iva? ¿o por no ser una actividad propia de la asociación tenemos que hacer factura con IVA?
Si no estamos dados de alta en ninguna actividad comercial, ¿cómo tendríamos que declarar dicho IVA?
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
17.04.24
Buenos días.
La venta de la furgoneta, en vuestro caso y según explica, NO ESTA SUJETA A IVA, está sujeta al impuesto de trasmisiones patrimoniales que deberá pagar el comprador al realizar la transferencia.
La asociación debe hacer un recibo/factura de venta, describiendo el bien que se vende y su matricula, por el importe a percibir, indicando IVA EXENTO.
Saludos.
Respuesta del participante:
18.04.24
José Antonio, muchas gracias por tu clara y rápida respuesta.