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Consulta formulada por:
IVA en arrendamiento de vivienda destinada a Centro Residencial
12.04.10
Somos una ONG que gestiona un Centro residencial en concierto con la administración, para el cual tenemos arrendada una vivienda.
La duda es si necesariamente el propietario del inmueble (un particular) nos ha de facturar con IVA, pues somos una entidad parcialmente exenta y nosotros no repercutimos el IVA en la facturación a la administración.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
13.04.10
Hola Jordi;
Independientemente de la exención, el particular debe facturaros el IVA así como el 15% de retenciones.
Saludos, Eva
Aportada por:
Colaborador en Contabilidad y Fiscalidad www.balendu.org
Trabaja en:
Asesor particular
13.04.10
Estimado Jordi,
Efectivamente tiene que facturaros con IVA, un 16% hasta junio, 18% a partir del 1 de Julio. Con ello, el propietario tiene que realizar sus liquidaciones de IVA. En la factura que os emita debe poner también la retención del IRPF (un 19% desde enero de este año), que vosotros tenéis que liquidar con el modelo 115 trimestral.
La exención de IVA que tenéis es sólo para facturas que emitís vosotros (con excepciones), pero nunca para las que os emiten.
Espero haberte servido de ayuda.
Un saludo cordial,
Bernardo Naranjo
gestion@balendu.org
La respuesta no es vinculante
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
13.04.10
Ups, lo siento
Como dice el compañero Bernardo el importe de las retenciones para el alquiler es el 19%, no el 15.
Saludos, Eva