Consultas Online
IVA cuándo, cuánto y cómo
24.09.19
Hola,
Necesito información sobre:
¿CUÁNDO una Fundación tiene que discriminar IVA?
¿CÓMO?, ¿siempre que hagamos una factura? cuando es certificado de donación ¿también se discrimina el IVA?
¿CUÁNTO?, siempre se cobra el 21% de IVA? cuándo es otro porcentaje, ¿depende de nuestro servicio o del consumidor/benefactor?
Gracias!!
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
09.08.24
Por supuesto, puedo proporcionarte información general sobre el IVA en las fundaciones en España. Sin embargo, te recomendaría que consultes con un asesor fiscal para obtener información precisa y personalizada.
¿CUÁNDO una Fundación tiene que discriminar IVA? Las fundaciones en España no están exentas del IVA por el hecho de ser entidades sin ánimo de lucro. Si la fundación realiza actividades empresariales o profesionales, puede ser sujeto pasivo del IVA cuando realice entregas de bienes o prestaciones de servicios sujetas.
¿CÓMO una Fundación discrimina IVA? Aunque las fundaciones pueden encontrarse exentas de incluir el IVA en sus facturas, cuando un autónomo o empresa realiza un servicio para una fundación (por ejemplo, consultoría, imprenta, el desarrollo de una página web, etc.), sí que se debe incluir el IVA en la factura.
¿CUÁNTO IVA cobra una Fundación? El tipo impositivo que se deberá abonar es del 10%, en lugar del 32,5% que se paga por las sociedades o el 25% que pagan las entidades parcialmente exentas (fundaciones o asociaciones no acogidas a la Ley 49/2002)4. Sin embargo, las fundaciones están exentas de pagar ciertos impuestos, como el IVA, siempre y cuando los bienes o servicios adquiridos se destinen a actividades que estén directamente relacionadas con los fines fundacionales y no generen ingresos sujetos a impuestos.