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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paco Sanmartin M.

¿Interesa a nuestra asociación acogerse a la exención del IVA? No vemos qué beneficios tendríamos

22.12.16

Hola,

Nos ha surgido una duda con referencia al IVA. En breve sacaremos el CIF definitivo y tenemos que elegir entre la exención o no; pero leyendo la ley comprobamos que si abonaremos ese impuesto pero no lo podremos desgravar.

¿Realmente interesa a una asociación acogerse a esa exención? No comprendemos los beneficios.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

27.12.16

Hola,

Podéis hacer un pequeño plan de beneficios y desventajas para esa decisión durante el año, calculando cuanto tendréis que abonar si no estáis exentos. Va a depender de vuestro volumen de compras y ventas/prestación de servicios y del consiguiente juego de iva repercutido y soportado.
En la exención recordaros que el iva soportado se incorporará como mayor coste de la compra.
Saludos, y espero haber ayudado,

Fran Virues

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

27.12.16

Estoy de acuerdo con la respuesta anterior.
Esta es una pregunta recurrente, pero me alegra ver que hay quien se ha leído la ley y además ha hecho las cuentas.
Saludos.

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#3

Respuesta del participante:

Paco Sanmartin M.

27.12.16

Gracias por las respuestas; la idea es ser autosuficiente y no depender de seubvenciones para realizar nuestras actividades; por que lo que si facturaremos; haciendo cuentas nos sale más rentable no estar exentos.

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#4

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

28.12.16

Dependiendo de la actividad, la exención puede tener sentido, p.e. si se trata de una prestación de servicio, en la que hay poco consumo de bienes consumibles y la mayor parte del gasto en en sueldos, colaboradores, etc.,; caso contrario es cuando os veis obligados a comprar / vender cosas, al no poder repercutirlo, lo asumís íntegramente y es un costo importante.
Por otra parte, la exención puede suponer una ventaja competitiva a la hora de participar en cualquier concurso de adjudicación, o un mejor precio del servicio o de los artículos que se ofrecen.

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